{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "19733" 
  ,"anioNorma" : 2018 
  ,"nombreNorma" : "CREACION DEL FONDO DE PERITAJES" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2019/01/28/7" 
    ,"fechaPromulgacion" : "28/12/2018" 
  ,"fechaPublicacion" : "28/01/2019" 
  ,"vistos" : "  " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/19733-2018/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Créase el Fondo de Peritajes, administrado por la Fiscalía General de la Nación, con la exclusiva finalidad de solventar los honorarios y gastos que demanden las pericias técnicas que deban realizarse para el cumplimiento de sus fines.\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/19733-2018/2\" >2</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/19733-2018/2" 
 ,"textoArticulo" : "    El producido de las ventas a que hacen referencia los literales B) y C) del artículo 67 del Decreto-Ley N° 14.294, de 31 de octubre de 1974, en la redacción dada por los artículos 95 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, y 64 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020, y el dinero confiscado en el marco de dicha normativa se distribuirá: 65% (sesenta y cinco por ciento) para la Junta Nacional de Drogas, 25% (veinticinco por ciento) para el Fondo Nacional de Recursos, conforme a lo establecido en el artículo 410 de la Ley N° 19.889, de 9 de julio de 2020, y 10% (diez por ciento) para la Fiscalía General de la Nación con destino a integrar el fondo de peritajes creado por el artículo 1°.(*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Redacción dada por:</font></b> Ley Nº 20.446 de 16/12/2025 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/20446-2025/560\" >560</a>.\r\n<b><font color=\"#FF0000\">Ver vigencia:</font></b>\r\n      Ley Nº 20.446 de 16/12/2025 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/20446-2025/3\" >3</a>,\r\n      Ley Nº 19.996 de 03/11/2021 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/19996-2021/2\" >2</a>.\r\n<b><font color=\"#0000FF\">Redacción dada anteriormente por:</font></b> Ley Nº 19.996 de 03/11/2021 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/19996-2021/293\" >\r\n293</a>.\r\n<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/19733-2018/3\" >3</a>.\r\n<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b>\r\n      Ley Nº 19.996 de 03/11/2021 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes-originales/19996-2021/293\" >293</a>,\r\n      Ley Nº 19.733 de 28/12/2018 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes-originales/19733-2018/2\" >2</a>.\r\n" 
 ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/leyes/19733-2018/2?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/19733-2018/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 2°, a los treinta días corridos a contar de la promulgación de la presente ley, la Junta Nacional de Drogas deberá transferir a la Fiscalía General de la Nación el 10% (diez por ciento) del total del producido de las ventas a que hacen referencia los literales B) y C) del artículo 67 del Decreto Ley N° 14.294, de 31 de octubre de 1974, en la redacción dada por el artículo 95 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, y del dinero confiscado en el marco de dicha normativa, a tal fecha.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/19733-2018/4" 
 ,"textoArticulo" : "    La Fiscalía General de la Nación deberá publicar periódicamente los estados contables que reflejen la situación financiera del Fondo de Peritajes conforme a lo dispuesto por el artículo 191 de la Constitución de la República y el literal F) del artículo 21 de la Ley N° 19.483, de 5 de enero de 2017, con especial indicación de las sumas recibidas para integrar el Fondo de Peritajes y su destino.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "    TABARÉ VÁZQUEZ - JORGE VÁZQUEZ - RODOLFO NIN NOVOA - DANILO ASTORI - JORGE MENÉNDEZ - MARÍA JULIA MUÑOZ - VÍCTOR ROSSI - GUILLERMO MONCECCHI - NELSON LOUSTAUNAU - JORGE QUIAN - ALBERTO CASTELAR - LILIAM KECHICHIAN - JORGE RUCKS - MARINA ARISMENDI " 
 }