CREACION DEL FONDO DE PERITAJES




Promulgación: 28/12/2018
Publicación: 28/01/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 4

   La Fiscalía General de la Nación deberá publicar periódicamente los estados contables que reflejen la situación financiera del Fondo de Peritajes conforme a lo dispuesto por el artículo 191 de la Constitución de la República y el literal F) del artículo 21 de la Ley N° 19.483, de 5 de enero de 2017, con especial indicación de las sumas recibidas para integrar el Fondo de Peritajes y su destino.
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