{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "19722" 
  ,"anioNorma" : 2018 
  ,"nombreNorma" : "DECLARACION DEL \"DIA DEL TRABAJADOR PORTUARIO\"\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2019/01/18/24" 
    ,"fechaPromulgacion" : "21/12/2018" 
  ,"fechaPublicacion" : "18/01/2019" 
  ,"vistos" : "  " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/19722-2018/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Declárase el 21 de julio de cada año \"Día del Trabajador Portuario\".\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/19722-2018/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Ese día será considerado feriado pago para todos los trabajadores que desempeñan actividades en los puertos de la República, sin importar la naturaleza del empleador ni el régimen laboral aplicable. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "    TABARÉ VÁZQUEZ - ERNESTO MURRO - VÍCTOR ROSSI " 
 }