REGULACION DEL TRABAJO EN LA SEGURIDAD PRIVADA




Promulgación: 21/12/2018
Publicación: 18/01/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentada por: Decreto Nº 35/022 de 20/01/2022.

TÍTULO V - DE LA SEGURIDAD DE LOS EVENTOS MASIVOS

Artículo 36

   Para el ejercicio de la función referida en el artículo anterior, la seguridad privada basará su competencia en la prevención y en su caso, el jefe de seguridad del espectáculo dispondrá del uso progresivo de la persuasión, disuasión y en casos extremos la convocatoria de la Policía de acuerdo con lo establecido por la Ley N° 19.534, de 24 de setiembre de 2017, para ejercer el derecho de exclusión.
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