APROBACION DE LAS MODIFICACIONES AL SISTEMA DE PREVISION SOCIAL MILITAR




Promulgación: 29/10/2018
Publicación: 12/11/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentada por: Decreto Nº 161/019 de 20/05/2019.
Referencias a toda la norma

TÍTULO VI - DISPOSICIONES FINALES

Artículo 80

   (Reglamentación).- El Poder Ejecutivo reglamentará las disposiciones de la presente ley de conformidad con lo previsto por el numeral 4°) del artículo 168 de la Constitución de la República, en un plazo de ciento ochenta días siguientes a la fecha de promulgación de aquella. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 81 (vigencia).
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