APROBACION DE LAS MODIFICACIONES AL SISTEMA DE PREVISION SOCIAL MILITAR




Promulgación: 29/10/2018
Publicación: 12/11/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentada por: Decreto Nº 161/019 de 20/05/2019.
Referencias a toda la norma

TÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I - BASES DEL SISTEMA Y DEFINICIONES

Artículo 2

   A los efectos de la presente ley, se entiende por régimen de solidaridad intergeneracional, aquel que establece prestaciones definidas, por el cual los activos y los pasivos, con sus aportaciones, financian las prestaciones de los pasivos juntamente con los aportes patronales conforme lo referido por el literal C) del artículo 5° de la presente ley, así como también otros ingresos legales y la asistencia financiera estatal, si fuere necesaria.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 76 y 81 (vigencia).
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