APROBACION DE MODIFICACIONES EN EL MARCO LEGAL DEL MERCADO DE SEGUROS




Promulgación: 26/10/2018
Publicación: 08/11/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO III - SEGUROS PARA LAS PERSONAS

Artículo 95

   (Vida asegurable).- El seguro se puede celebrar sobre la vida de un asegurado o de un tercero, en este último caso siempre que exista interés asegurable del tomador sobre la vida del tercero.
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