APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2017




Promulgación: 15/10/2018
Publicación: 25/10/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN VI - OTROS INCISOS
INCISO 24 - DIVERSOS CRÉDITOS

Artículo 320

    Facúltase al Poder Ejecutivo a disponer las trasposiciones necesarias para atender las obligaciones correspondientes a los pagos por disponibilidad de los contratos de proyectos de Participación Público Privada dentro del Inciso 24 "Diversos Créditos", hacia las unidades ejecutoras, programas, proyectos de funcionamiento o inversión, objetos del gasto y monedas que correspondan.

   Las unidades ejecutoras del Inciso 24 "Diversos Créditos" podrán
disponer las trasposiciones entre proyectos de funcionamiento o de
inversión de sus créditos presupuestales destinados al pago de las
obligaciones previstas en el inciso anterior.

   Lo dispuesto en los incisos precedentes, deberá contar con el informe
previo y favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la
Contaduría General de la Nación. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 20.075 de 20/10/2022 artículo 464.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 19.670 de 15/10/2018 artículo 320.
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