APROBACION DEL ESTATUTO DE LOS FUNCIONARIOS NO FISCALES DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACION




Promulgación: 12/10/2018
Publicación: 22/10/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

TÍTULO II - DE LOS FUNCIONARIOS DE CARRERA

CAPÍTULO IX - DESVINCULACIÓN DEL FUNCIONARIO PÚBLICO

Artículo 77

   (Renuncia).- La renuncia puede ser expresa o tácita. El primer caso se configura cuando la solicitud del funcionario sea aceptada por el Director General. El segundo caso se configura cumplidos tres días hábiles continuos en que el funcionario faltare a sus tareas sin aviso e intimado por medio fehaciente al reintegro bajo apercibimiento, no se presente a trabajar al día laborable inmediatamente posterior a la intimación, sin perjuicio de lo que establece el artículo 66 de la Constitución de la República. La misma se realizará en el domicilio denunciado por el funcionario en su legajo.
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