ERECCION DE UN MONUMENTO EN MEMORIA DE LOS CIUDADANOS CAIDOS EN EL CUMPLIMIENTO DE MISIONES DE PAZ




Promulgación: 17/08/2018
Publicación: 27/08/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 1

   Dispónese la erección de un monumento en memoria de los ciudadanos caídos en el cumplimiento de Misiones de Paz.

Artículo 2

   Créase una Comisión Pro Monumento que se integrará con un representante del Poder Ejecutivo; que lo presidirá, un representante del Ministerio del Interior, un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores, un representante del Ministerio de Defensa Nacional; un representante de la Asociación de Veteranos de Operaciones de Paz del Uruguay (AVOPU); y un ciudadano con especial versación artística, quien será elegido por los demás miembros.

Artículo 3

   La Comisión tendrá amplios cometidos para resolver sobre los proyectos que se presenten así como en todo lo atinente a la erección del monumento.

Artículo 4

   El Poder Ejecutivo dispondrá los fondos necesarios para el cumplimiento de la presente ley.

   TABARÉ VÁZQUEZ - EDUARDO BONOMI - RODOLFO NIN NOVOA - DANILO ASTORI - JORGE MENÉNDEZ - MARÍA JULIA MUÑOZ
Ayuda