LEY DE VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES BASADA EN GENERO. MODIFICACION A DISPOSICIONES DEL CODIGO CIVIL Y CODIGO PENAL. DEROGACION DE LOS ARTS. 24 A 29 DE LA LEY 17.514




Promulgación: 22/12/2017
Publicación: 09/01/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentada por: Decreto Nº 339/019 de 11/11/2019.
Referencias a toda la norma

VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES BASADA EN GÉNERO
CAPÍTULO II - SISTEMA INTERINSTITUCIONAL DE RESPUESTA A LA VIOLENCIA BASADA EN GÉNERO HACIA LAS MUJERES

Artículo 17

   (Cometidos de las Comisiones Departamentales).- Las Comisiones Departamentales por una Vida Libre de Violencia de Género hacia las Mujeres tendrán los siguientes cometidos:

   A)   Velar por el cumplimiento de esta ley y del Plan Nacional por una
        Vida Libre de Violencia de Género hacia las Mujeres en el
        departamento.

   B)   Implementar en el territorio las resoluciones y directivas del
        Consejo Nacional por una Vida Libre de Violencia de Género hacia
        las Mujeres.

   C)   Promover la articulación de las políticas y acciones contra la
        violencia basada en género hacia las mujeres en el departamento.

   D)   Asesorar en el departamento a las autoridades nacionales,
        departamentales y municipales, en articulación con el Consejo
        Nacional Consultivo por una Vida Libre de Violencia de Género
        hacia las Mujeres.
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