El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Artículo 1
Desaféctase de la órbita del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y aféctase a la Intendencia de Salto, a título gratuito, los bienes inmuebles, ubicados en zona suburbana, localidad catastral de la ciudad de Salto, del departamento de Salto, los que conforme al plano del ingeniero agrimensor Horacio Vega, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro, el 29 de mayo de 1992 con el N° 1.999, se individualizan y detallan a continuación: Padrón N° 18.981 antes mayor área 9.847 - fracción N° "56 A" con un área de 1.875 metros cuadrados, 24 decímetros cuadrados; Padrón N° 10.331, fracciones "58 A" y "58 B" con un área de 876 metros cuadrados, 28 decímetros cuadrados y 76 metros cuadrados, 06 decímetros cuadrados respectivamente; Padrón N° 17.854 - fracción "53 A" con un área de 4.585 metros cuadrados, 46 decímetros cuadrados; Padrón N° 10.329 antes en mayor área 9.847 - fracciones "55 A" y "55 B" con un área 155 metros cuadrados, 42 decímetros cuadrados y 7 metros cuadrados, 94 decímetros cuadrados respectivamente; Padrón N° 12.872 - fracción "54 A" con un área de 411 metros cuadrados, 32 decímetros cuadrados y Padrón N° 30.045 antes mayor área 9.848, fracción "59 A", área de 212 metros cuadrados, 98 decímetros cuadrados y con la finalidad de dar cumplimiento al Proyecto PMB (ex PIAI) - Barrio Artigas en el objetivo de beneficiar a familias con problemas habitacionales nucleadas en esa zona.