El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
SECCIÓN VII - RECURSOS
Artículo 245
Facúltase al Poder Ejecutivo a adoptar diversas medidas preventivas y sancionatorias para evitar la proliferación de actividades de comercialización de juego a través de Internet, en especial el bloqueo de acceso a sitios web, de flujos financieros, así como la prohibición de comunicaciones comerciales, patrocinio y publicidad de juegos no autorizados.(*)
(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 366/017 de 21/12/2017.
Ver en esta norma, artículo:2 (vigencia).