El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 12 - MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Artículo 142
Reasígnase en el Inciso 12 "Ministerio de Salud Pública" los créditos presupuestales en las unidades ejecutoras, programas y proyectos, según el siguiente detalle: