APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2016




Promulgación: 25/09/2017
Publicación: 03/10/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

SECCIÓN II - FUNCIONARIOS

Artículo 11

   Las designaciones de funcionarios en el escalafón N "Judicial", que comprende los cargos correspondientes al ejercicio de la función jurisdiccional, los de Secretarios de la Suprema Corte de Justicia y del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, así como los cargos y funciones legalmente equiparados a los mismos (artículo 41 de la Ley N° 15.809, de 8 de abril de 1986, en la redacción dada por artículo 5 de la Ley N° 15.851, de 24 de diciembre de 1986), de conformidad con lo que dispone el numeral 9 del artículo 168 de la Constitución de la República, deberán recaer en profesionales con título habilitante y fundarse en la probada capacidad técnica e idoneidad moral de quien desempeñará el cargo.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
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