{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "19410" 
  ,"anioNorma" : 2016 
  ,"nombreNorma" : "VILLA CARAGUATA. DEPARTAMENTO DE TACUAREMBO" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2016/07/27/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "24/06/2016" 
  ,"fechaPublicacion" : "27/07/2016" 
  ,"vistos" : "  " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo Unico" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/19410-2016/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Elévase a la categoría de villa con el nombre de Villa Caraguatá el centro poblado ubicado entre los kilómetros 349 y 356 de la Ruta Nacional N° 26 Brigadier General Leandro Gómez, 8a Sección Judicial del departamento de Tacuarembó, y que comprende los actuales pueblos Las Toscas de Caraguatá, La Cuchilla o Cruz de los Caminos. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "    TABARÉ VÁZQUEZ - EDUARDO BONOMI - MARÍA JULIA MUÑOZ - ENEIDA de LEÓN " 
 }