SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 13
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Artículo 477
Autorízase en el Inciso 13 "Ministerio de Trabajo y Seguridad Social", unidad ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría" una partida anual de $ 3.601.790 (tres millones seiscientos un mil setecientos noventa pesos uruguayos), incluidos aguinaldo y cargas legales, en el objeto del gasto 042.520 "Compensación especial por cumplir condiciones específicas", con destino al pago de una compensación especial a los funcionarios de la División Tecnología de la Información asignados a los proyectos pertenecientes al Plan Director Informático.
La compensación prevista en el inciso anterior será financiada con la reasignación de créditos presupuestales existentes en el objeto del gasto 067.000 "Compensación por alimentación con aportes", hasta el monto de $ 436.525 (cuatrocientos treinta y seis mil quinientos veinticinco pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales y con los créditos presupuestales asociados a los cargos que se suprimen, según el siguiente detalle: