PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2015 - 2019




Promulgación: 19/12/2015
Publicación: 30/12/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 10 MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

Artículo 376

   Autorízase al Inciso 10 "Ministerio de Transporte y Obras Públicas" a establecer una compensación mensual por asiduidad a abonar al personal obrero de la unidad ejecutora 005 "Dirección Nacional de Arquitectura" afectado a obras que se encuentre desempeñando efectivamente dichas tareas, con un máximo de hasta un 100% (cien por ciento) de 1 BPC (una Base de Contribuciones y Prestaciones). El Ministerio establecerá en la reglamentación pertinente, sin que implique costo presupuestal, las bases y condiciones bajo las cuales se hará efectiva dicha compensación. En ningún caso podrá recibir el beneficio el personal no afectado directamente a obras, ni aquel que no se encuentre efectivamente trabajando en las mismas.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3 (vigencia).
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