APROBACION DE LA LEY ORGANICA POLICIAL




Promulgación: 18/02/2015
Publicación: 24/02/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

TÍTULO IV
DEL ESTATUTO DEL PERSONAL POLICIAL
CAPÍTULO IV DE LA JERARQUÍA POLICIAL

Artículo 52

   La jerarquía es el orden que determina las relaciones de superioridad y dependencia. Se establece por grados.
   Grado, es la denominación de cada uno de los niveles de la jerarquía.
   Destino, es la ubicación del personal policial en dependencias, organismos o reparticiones de la Policía Nacional.
   Puesto, es la función desempeñada por el policía en el destino asignado, de acuerdo a su grado.
   Comisión, es toda función que no implique cargo o destino efectivo. Subalterno, es todo policía que con respecto a otro, tiene grado inferior en la escala jerárquica.
   Subordinado, es todo policía que depende directamente de un superior por razones de servicio u organización

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 94 (vigencia).
Ayuda