AUTORIZACION DE LA PERMANENCIA DE FUNCIONARIOS MILITARES EN HAITI




Promulgación: 07/01/2015
Publicación: 20/01/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 1

   Prorrógase hasta el 28 de febrero de 2015 la permanencia fuera del país del 100% (cien por ciento) del Contingente Militar desplegado en la República de Haití, autorizado por las Leyes Nos 17.785, de 22 de junio de 2004, 17.860, de 28 de diciembre de 2004, 17.926, de 15 de diciembre de 2005, 17.992, de 20 de julio de 2006, 18.163, de 29 de julio de 2007, 18.225, de 22 de diciembre de 2007, 18.443, de 24 de diciembre de 2008, 18.655, de 9 de abril de 2010, 18.727, de 5 de enero de 2011, 18.864, de 23 de diciembre de 2011, 19.053, de 4 de enero de 2013 y 19.186, de 30 de diciembre de 2013.

(*)Notas:
Ver vigencia:
      Ley Nº 19.482 de 05/01/2017 artículo 1,
      Ley Nº 19.363 de 31/12/2015 artículo 1.
Ver en esta norma, artículos: 2 y 3.

Artículo 2

   A partir del 28 de febrero de 2015 se reducirá la cantidad de efectivos militares desplegados, prorrogándose hasta el 31 de diciembre de 2015 la permanencia fuera del país de doscientos cincuenta integrantes del Contingente Militar desplegado en la República de Haití de acuerdo a las normas referidas en el artículo anterior.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3.

Artículo 3

   Sin perjuicio de lo establecido en los artículos precedentes, el Poder ejecutivo podrá en cualquier momento, dentro de los plazos de las prórrogas previstas y por decisión fundada, reducir en mayor número los efectivos desplegados e incluso proceder al retiro total de los mismos, comunicándolo a la Asamblea General.


   JOSÉ MUJICA - ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO - JORGE VÁZQUEZ - LUIS PORTO
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