{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "19248" 
  ,"anioNorma" : 2014 
  ,"nombreNorma" : "AUTORIZACION DE AUMENTO DE CAPITAL. CORPORACION INTERAMERICANA DE\r\nINVERSIONES (CII)" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2014/08/27/8" 
    ,"fechaPromulgacion" : "15/08/2014" 
  ,"fechaPublicacion" : "27/08/2014" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2014 
  ,"pagina" : 221 
  } 
  ,"vistos" : " \r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/19248-2014/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Autorízase el aumento del capital accionario de la República Oriental del\r\nUruguay en la Corporación Interamericana de Inversiones (CII) por un monto\r\nde US$ 340.000 (trescientos cuarenta mil dólares de los Estados Unidos de\r\nAmérica).\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/19248-2014/2\" >2</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/19248-2014/2" 
 ,"textoArticulo" : "  De conformidad con lo dispuesto en el artículo anterior, el Gobierno de\r\nla República suscribirá hasta un total de 34 acciones adicionales, con un\r\nvalor de US$ 10.000 (diez mil dólares de los Estados Unidos de América),\r\ncada una.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/19248-2014/3" 
 ,"textoArticulo" : "  Las obligaciones que demande la presente ley serán atendidas con recursos\r\npropios del Banco Central del Uruguay y formarán parte de su capital, de\r\nacuerdo con lo establecido por el artículo 471 de la Ley N° 13.640, de 26\r\nde diciembre de 1967, y el artículo 2° de la Ley N° 15.787, de 6 de\r\ndiciembre de 1985.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/19248-2014/4" 
 ,"textoArticulo" : "  El Banco Central del Uruguay realizará las gestiones y operaciones\r\nnecesarias por cuenta y orden del Estado a efectos de integrar el aumento\r\nde capital accionario referido en la presente ley.\r\n\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " JOSÉ MUJICA - MARIO BERGARA - LUIS ALMAGRO\r\n " 
 }