TIPIFICACION DE DELITOS Y MODIFICACION DEL CODIGO PENAL




Promulgación: 15/08/2014
Publicación: 27/08/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 218
Reglamentada por:
      Decreto Nº 345/020 de 18/12/2020,
      Decreto Nº 377/016 Derogada/o de 05/12/2016.
Referencias a toda la norma

Artículo 2

 (Incautación).- Las armas de fuego, municiones, explosivos y otros
materiales relacionados que no hayan sido debidamente autorizados, serán
incautados sin perjuicio de la aplicación de las normas administrativas y
penales correspondientes.
Asimismo se dispondrá la incautación en forma inmediata en aquellos casos
cuyo titular haya sido procesado por delitos cometidos con violencia o con
intimidación contra las personas, mediante el empleo de un arma de fuego o
vinculados a violencia doméstica.
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