CREACION DEL FONDO NACIONAL DE COLONIZACION. MODIFICACION DEL ART. 7 DE LA LEY 18.064 RELATIVO A LA TRANSFERENCIA DE RECURSOS I.N.C




Promulgación: 27/06/2014
Publicación: 22/07/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2014
  •    Página: 1363

Artículo 6

 En caso que los activos o ingresos del Fondo sean securitizados, el
Estado garantiza bajo su responsabilidad la estabilidad de las normas
legales y reglamentarias que incidan sobre los ingresos, fondos o
garantías afectadas. La garantía se extinguirá simultáneamente con el
cumplimiento de las obligaciones del Fondo derivadas de las operaciones
que se realicen.
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