SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 03
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Artículo 87
Autorízase al Inciso 03 - "Ministerio de Defensa Nacional", unidad
ejecutora 018 "Comando General de la Armada", a hacer efectivo el cobro de
los cursos de apoyo a la industria naval en oficios relacionados a
construcciones y reparaciones navales en diques y astilleros, que se
brindan a través del Centro de Instrucción de la Armada.
La recaudación por este concepto será destinada a gastos de funcionamiento
e inversión de dicho centro de enseñanza.
Los precios serán fijados por el Poder Ejecutivo en la reglamentación del
presente artículo.