APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2012




Promulgación: 24/10/2013
Publicación: 11/11/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 1637
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 02 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Artículo 66

 Facúltase a la unidad ejecutora 007 "Instituto Nacional de Estadística"
del Inciso 02 - "Presidencia de la República" a abonar complementos
salariales transitorios a aquellos funcionarios que sean encargados de las
funciones de Supervisor General y Supervisor, respectivamente, en las
distintas encuestas continuas que realiza el Instituto.
La reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo fijará los montos y la
forma de liquidación.
La Contaduría General de la Nación transferirá los créditos necesarios
desde el objeto 092.000 "Partidas globales a distribuir".

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 302/017 de 23/10/2017.
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
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