APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2012




Promulgación: 24/10/2013
Publicación: 11/11/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 1637
Referencias a toda la norma

SECCIÓN V
ORGANISMOS DEL ARTÍCULO 220 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA
INCISO 29 ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO

Artículo 340

 Facúltase al Inciso 29 - "Administración de los Servicios de Salud del
Estado" a reasignar $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos uruguayos)
en los ejercicios 2013 y 2014, en la Financiación 1.1 "Rentas Generales",
desde gastos de funcionamiento al grupo 0 "Retribuciones Personales".
Las reasignaciones realizadas al amparo de la presente norma tendrán
carácter permanente. La presente norma regirá a partir de la promulgación
de la presente ley.
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