APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2012




Promulgación: 24/10/2013
Publicación: 11/11/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 1637
Referencias a toda la norma

SECCIÓN V
ORGANISMOS DEL ARTÍCULO 220 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA
INCISO 29 ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO

Artículo 336

 Increméntase a partir de la promulgación de la presente ley, en el Inciso
29 - "Administración de los Servicios de Salud del Estado", programa 440
"Atención Integral a la Salud", Financiación 1.1 "Rentas Generales", el
grupo 0 "Servicios Personales" en $ 10.000.000 (diez millones de pesos
uruguayos) con destino a la creación de puestos de trabajo para ampliar la
dotación de recursos humanos necesarios para mejorar la atención de la
salud mental.
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