APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2012




Promulgación: 24/10/2013
Publicación: 11/11/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 1637
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 14 MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Artículo 290

 La sentencia que declare la prescripción adquisitiva de un inmueble en
aplicación del artículo 65 de la Ley N° 18.308, de 18 de junio de 2008, se
inscribirá de oficio en el Registro de la Propiedad, Sección Inmobiliaria
de la Dirección General de Registros, del departamento de ubicación del
inmueble, y su registración estará exenta del pago de la tasa registral o
cualquier otro tributo que pueda corresponder.
Asimismo, el Juez de la causa deberá notificar dicha sentencia al
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.(*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
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