APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2012




Promulgación: 24/10/2013
Publicación: 11/11/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 1637
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 11 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Artículo 245

 Créase en el Inciso 11 - "Ministerio de Educación y Cultura", unidad
ejecutora 016 "Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y
Espectáculos", una partida denominada "Conservación de Instrumentos", de $
2.000.000 (dos millones de pesos uruguayos) que será percibida por los
funcionarios presupuestados o personal contratado al amparo del artículo
52 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, integrantes de la
Orquesta Sinfónica de la unidad ejecutora. Se distribuirá mensualmente,
según resolución fundada del jerarca del Inciso y no integra la base de
cálculo de cualesquiera equiparaciones.
Reasígnase el crédito del objeto del gasto 099.001 "Partida Proyectada",
de la unidad ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría", programa
280, "Bienes y Servicios Culturales", al objeto del gasto 042.018
"Compensaciones específicas sin disposiciones marco normativo" de la
unidad ejecutora 016 "Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y
Espectáculos".

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
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