APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2012




Promulgación: 24/10/2013
Publicación: 11/11/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 1637
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 11 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Artículo 220

 Facúltase al Fondo de Solidaridad, creado por la Ley N° 16.524, de 25 de
julio de 1994, en la redacción dada por la Ley N° 17.451, de 10 de enero
de 2002, a participar en la administración de las Becas denominadas "Julio
Castro", otorgadas por el Ministerio de Educación y Cultura a los
ciudadanos uruguayos estudiantes de la carrera de Magisterio del Consejo
de Formación en Educación.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
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