CREACION DEL OBSERVATORIO AMBIENTAL NACIONAL (OAN), DE LA DIRECCION NACIONAL DE MEDIO AMBIENTE DEL MVOTMA




Promulgación: 18/10/2013
Publicación: 07/11/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 1455
Referencias a toda la norma

Artículo 4

 (Difusión).- El Observatorio Ambiental Nacional procederá a la más amplia
difusión de la información recopilada, a través de un Sistema de
Información como herramienta de comunicación y especialmente por
intermedio de la página web oficial del Ministerio de Vivienda,
Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.

Su actividad constituirá el insumo para el cumplimiento de lo dispuesto
por el artículo 12 de la Ley N° 17.283, de 28 de noviembre de 2000.
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