{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "19140" 
  ,"anioNorma" : 2013 
  ,"nombreNorma" : "PROTECCION DE LA SALUD DE LA POBLACION INFANTIL Y ADOLESCENTE A TRAVES DE\r\nLA PROMOCION DE HABITOS ALIMENTICIOS SALUDABLES" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2013/10/28/6" 
    ,"fechaPromulgacion" : "11/10/2013" 
  ,"fechaPublicacion" : "28/10/2013" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2013 
  ,"pagina" : 1433 
  } 
  ,"referenciasNorma" : " <b>Reglamentada por:</b> Decreto <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/60-2014\" >Nº 60/014</a> de 13/03/2014.\r\n " 
  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/leyes/19140-2013?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : "  " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/19140-2013/1" 
 ,"textoArticulo" : " La presente ley tiene por finalidad proteger la salud de la población\r\ninfantil y adolescente que asiste a establecimientos escolares y liceales,\r\npúblicos y privados, a través de la promoción de hábitos alimenticios\r\nsaludables en el ámbito educativo como forma de contribuir, actuando sobre\r\neste factor de riesgo, en la prevención del sobrepeso y la obesidad,\r\nhipertensión arterial y así en las enfermedades crónicas no trasmisibles\r\nvinculadas a los mismos.\r\n\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/19140-2013/2" 
 ,"textoArticulo" : " Son objetivos específicos de esta ley:\r\n\r\nA) Ejecutar acciones tendientes a mejorar el estado nutricional de niños,\r\n   niñas y adolescentes que asisten a centros educativos públicos y\r\n   privados.\r\n\r\nB) Promover hábitos alimentarios saludables en toda la población,\r\n   iniciando en la infancia la educación pertinente.\r\n\r\nC) Favorecer que los alumnos que concurren a estos establecimientos tengan\r\n   la posibilidad de incorporar a los hábitos alimentarios alimentos y\r\n   bebidas nutritivamente adecuados, estableciendo que los mismos estén\r\n   disponibles en cantinas y quioscos que se encuentren dentro de los\r\n   locales educativos.\r\n\r\nD) Incorporar a los hábitos alimentarios alimentos y bebidas aptos para\r\n   celíacos y diabéticos como forma de promover la equidad también a este\r\n   nivel.\r\n\r\nE) Promover que la oferta de alimentos y bebidas en cantinas, quisocos y\r\n   locales ubicados en el interior de los locales educativos se adecuen al\r\n   listado establecido en el artículo 3° de la presente ley.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/19140-2013/3" 
 ,"textoArticulo" : " El Ministerio de Salud Pública confeccionará un listado de grupos de\r\nalimentos y bebidas nutritivamente adecuados que contará con información\r\ndestinada a la población de los centros educativos en forma general\r\n(alumnos, docentes, funcionarios no docentes y padres), estableciendo\r\nrecomendaciones para una alimentación saludable en las diferentes etapas\r\nde la vida, como forma de promoción y prevención a toda la comunidad.\r\n\r\nEl Ministerio de Educación y Cultura incluirá en el sistema educativo el\r\ntema de los hábitos alimenticios saludables y estimulará el consumo de\r\nagua potable y la realización de actividades físicas contrarias al\r\nsedentarismo.\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículos:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/19140-2013/4\" >4</a> y <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/19140-2013/6\" >6</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/19140-2013/4" 
 ,"textoArticulo" : "     Se prohíbe la venta, publicidad, promoción o patrocinio\r\n   en los establecimientos educativos de aquellos grupos de alimentos y\r\n   bebidas que no estén incluidos en el listado mencionado en el artículo\r\n   3° de la presente ley. (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Redacción dada por:</font></b> Ley Nº 20.075 de 20/10/2022 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/20075-2022/292\" >292</a>.\r\n<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Ley Nº 19.140 de 11/10/2013 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes-originales/19140-2013/4\" >4</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/19140-2013/5" 
 ,"textoArticulo" : " No se permitirán dentro de los locales escolares o liceales saleros y\r\notros recipientes que contengan sal que estén visible para los alumnos y\r\nque tengan por finalidad agregarla a los alimentos previamente preparados.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/19140-2013/6" 
 ,"textoArticulo" : " El Ministerio de Salud Pública llevará adelante campañas de información\r\ndestinadas a:\r\n\r\nA) Educar a la población general en el conocimiento de las enfermedades\r\n   crónicas no trasmisibles y sus factores de riesgo.\r\n\r\nB) Promocionar los hábitos de vida saludable dentro de los que la dieta\r\n   sana tiene un rol fundamental.\r\n\r\nC) Orientar y asesorar adecuadamente a las empresas industriales\r\n   elaboradoras de alimentos en el desarrollo de productos hacia un perfil\r\n   nutricional adecuado según los grupos de alimientos mencionados en el\r\n   artículo 3° de la presente ley.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "7" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 7" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/19140-2013/7" 
 ,"textoArticulo" : "    El incumplimiento de lo dispuesto en la presente ley, hará aplicables las sanciones previstas en el artículo 396 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020, por parte del Ministerio de Salud Pública. (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#FF0000\">Ver vigencia:</font></b> Ley Nº 20.075 de 20/10/2022 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/20075-2022/5\" >5</a>.\r\n<b><font color=\"#0000FF\">Agregado/s por:</font></b> Ley Nº 20.075 de 20/10/2022 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/20075-2022/293\" >293</a>.\r\n" 
 } 
  ] 
  ,"firmantes" : " JOSÉ MUJICA - OSCAR GÓMEZ - SUSANA MUÑIZ " 
 }