Reglamentada por: Decreto Nº 60/014 de 13/03/2014.
Artículo 4
Se prohíbe la venta, publicidad, promoción o patrocinio
en los establecimientos educativos de aquellos grupos de alimentos y
bebidas que no estén incluidos en el listado mencionado en el artículo
3° de la presente ley. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 20.075 de 20/10/2022 artículo 292.
TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 19.140 de 11/10/2013 artículo 4.