TRANSFERENCIA DE DOMINIO DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO A LA INTENDENCIA DE MONTEVIDEO




Promulgación: 03/10/2013
Publicación: 17/10/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 1313

Artículo 4

 Esta ley operará como título y modo de la mencionada traslación de
dominio. Para la inscripción en la Sección Inmobiliaria del Registro de la
Propiedad bastará con un testimonio de esta disposición. El mismo podrá
ser complementado por un certificado notarial que contenga los datos
pertinentes para el correcto asiento registral.
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