{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "19093" 
  ,"anioNorma" : 2013 
  ,"nombreNorma" : "DEROGACION DEL IMPUESTO A LA CONCENTRACION DE INMUEBLES RURALES (ICIR)" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2013/06/24/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "17/06/2013" 
  ,"fechaPublicacion" : "24/06/2013" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "2" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2013 
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  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/19093-2013/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Deróganse desde su vigencia, los artículos 1° a 12 de la Ley N° 18.876,\r\nde 29 de diciembre de 2011 (Impuesto a la Concentración de Inmuebles\r\nRurales - ICIR).\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/19093-2013/2" 
 ,"textoArticulo" : "  A efectos del reintegro de los montos abonados por concepto del impuesto\r\nque se deroga, la Dirección General Impositiva emitirá certificados de\r\ncrédito, que podrán ser empleados por su titular para compensar\r\nobligaciones tributarias propias ante dicha oficina recaudadora, en las\r\ncondiciones que establezca la reglamentación.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/19093-2013/3" 
 ,"textoArticulo" : "  Las sumas que se hayan recaudado a la fecha de derogación de los\r\nartículos 1° a 12 de la Ley N° 18.876 de 29 de diciembre de 2011, serán\r\ndestinadas a los Gobiernos Departamentales, con el objeto de financiar los\r\ngastos e inversiones derivados de la construcción y mantenimiento de la\r\ncaminería rural departamental y el acceso a los establecimientos\r\ncomerciales e industriales.\r\n\r\n A tal efecto se transferirán a un fondo que constituirá un patrimonio de\r\nafectación independiente, cuya administración será ejercida por la\r\nComisión Sectorial prevista en el literal B) del inciso quinto del\r\nartículo 230 de la Constitución de la República. " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/leyes/19093-2013/3?verreferencias=articulo" 
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  ] 
  ,"firmantes" : " JOSÉ MUJICA - EDUARDO BONOMI - LUIS ALMAGRO - FERNANDO LORENZO - ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO - RICARDO EHRLICH - ENRIQUE PINTADO - ROBERTO KREIMERMAN - EDUARDO BRENTA - SUSANA MUÑIZ - TABARÉ AGUERRE - ANTONIO CARÁMBULA - FRANCISCO BELTRAME - DANIEL OLESKER " 
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