(Requisitos formales).- Para poder percibir la pensión, el beneficiario
deberá cumplir con los siguientes requisitos:
A) Acreditar el hecho generador, presentando testimonio de la partida
de estado civil de defunción de la víctima, cuando corresponda, y
los documentos policiales o judiciales, en su caso.
B) Presentar la documentación médica que se requiera y someterse a los
estudios que la Administración entendiera necesarios para la
acreditación de que la imposibilidad alegada es consecuencia de la
situación prevista en el artículo 3° de esta ley.
C) Acreditar su legitimación activa a través de los testimonios de las
partidas que justifiquen el vínculo.