APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2011




Promulgación: 07/11/2012
Publicación: 22/11/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 1250
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 03 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 56

   Asígnase al Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional", programa 300
"Defensa Nacional", unidad ejecutora 023 "Comando General de la Fuerza
Aérea", con cargo a la Financiación 1.1 "Rentas Generales", una partida
anual de $ 12.613.250 (doce millones seiscientos trece mil doscientos
cincuenta pesos uruguayos), en el grupo 0 "Retribuciones Personales", con
destino a una compensación mensual, no sujeta a montepío, para el personal
que desempeña tareas de policía aérea nacional.
   Disminúyese en el programa 300 "Defensa Nacional", unidad ejecutora
023 "Comando General de la Fuerza Aérea", Financiación 1.1 "Rentas
Generales", el crédito de los siguientes objetos del gasto:

              Objeto del Gasto     Importe
                  042.103          909.806
                  059.000           75.817
                  081.000          147.843
                  082.000            9.856

  El Poder Ejecutivo reglamentará la presente norma. (*)

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 236/013 de 09/08/2013.
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
Referencias al artículo
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