APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2011




Promulgación: 07/11/2012
Publicación: 22/11/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 1250
Referencias a toda la norma

SECCION IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 02 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Artículo 31

   Los cometidos y obligaciones asumidos por la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto relativos al acercamiento a la ciudadanía pasarán de pleno
derecho a la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión
Electrónica y la Sociedad de la Información y el Conocimiento, así como
los recursos materiales, financieros y humanos afectados, cualquiera sea
su vínculo contractual. Habilítase a la Contaduría General de la Nación a
realizar, a solicitud de la Presidencia de la República, las
reasignaciones de créditos presupuestales necesarias a efectos de dar
cumplimiento al presente artículo. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
Referencias al artículo
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