APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2011




Promulgación: 07/11/2012
Publicación: 22/11/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 1250
Referencias a toda la norma

SECCIÓN VI
OTROS INCISOS
INCISO 24 DIVERSOS CRÉDITOS

Artículo 298

   Asígnase en el Inciso 24 "Diversos Créditos", programa 481 "Políticas
de Gobierno", unidad ejecutora 002 "Presidencia de la República", una
partida anual de $ 40.000.000 (cuarenta millones de pesos uruguayos), con
cargo a la Financiación 1.1 "Rentas Generales", para gastos de
funcionamiento e inversión del programa "Convivencia Urbana".
   El Inciso 02 "Presidencia de la República", en un plazo de sesenta
días a partir de la vigencia de la presente ley, comunicará a la
Contaduría General de la Nación y a la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto, la distribución de la partida asignada entre gastos de
funcionamiento e inversión, así como en los grupos y objetos del gasto
que correspondan.(*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
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