APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2011




Promulgación: 07/11/2012
Publicación: 22/11/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 1250
Referencias a toda la norma

SECCIÓN V
ORGANISMOS DEL ARTÍCULO 220 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA
INCISO 29 ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO

Artículo 270

   Increméntase, a partir de la fecha de promulgación de la presente ley,
en el Inciso 29 "Administración de los Servicios de Salud del Estado",
programa 440 "Atención Integral de Salud", unidad ejecutora 068
"Administración de los Servicios de Salud del Estado", la asignación
presupuestal del grupo 0 "Retribuciones Personales", Financiación 1.1
"Rentas Generales", en los ejercicios y para los destinos que se
detallan:

Concepto                    2012            2013           2014
Nocturnidad                               215.000.000     215.000.000
Simplificación objetos                    107.000.000     107.000.000
del gasto
Resto Grupo 0            142.000.000      308.000.000     308.000.000
Total                    142.000.000      630.000.000     630.000.000 (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
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