SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 14
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
Artículo 222
Asígnase al Inciso 14 "Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial
y Medio Ambiente", unidad ejecutora 004, "Dirección Nacional de Medio
Ambiente" Financiación 1.1 "Rentas Generales", grupo 0 "Servicios
Personales", una partida anual de $ 40.000.000 (cuarenta millones de pesos
uruguayos), incluidos aguinaldo y cargas legales, con destino a financiar
la reestructura de puestos de trabajo de la Dirección Nacional de Medio
Ambiente (DINAMA). En la misma se dará prioridad al objetivo de fortalecer
la capacidad técnica y operativa de los procesos de autorización y control
ambiental que lleva adelante la DINAMA.
Los créditos presupuestales autorizados por este artículo serán
utilizados para la contratación del personal que se considere
imprescindible, hasta que se efectivicen las designaciones en los puestos
de trabajo resultantes de la reestructura organizativa y de cargos de la
unidad ejecutora, o cuando finalice el plazo contractual, en caso de que
no se hubieren completado las referidas reestructuras. (*)