APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2011




Promulgación: 07/11/2012
Publicación: 22/11/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 1250
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 12 MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Artículo 200

   Asígnase al Inciso 12 "Ministerio de Salud Publica", programa 441
"Rectoría en Salud", unidad ejecutora 001 "Dirección General de
Secretaría", una partida anual de $ 12.000.000 (doce millones de pesos
uruguayos), incluidos aguinaldo y cargas legales, con cargo a la
Financiación 1.1 "Rentas Generales", en el objeto del gasto 092.000
"Partidas Globales a Distribuir", a efectos de financiar la retribución de
los cargos a ser provistos de conformidad con el artículo 50 de la Ley N°
18.719, de 27 de diciembre de 2010. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
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