SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 12
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Artículo 196
Asígnase al Inciso 12 "Ministerio de Salud Pública", programa 441
"Rectoría en Salud", unidad ejecutora 001 "Dirección General de
Secretaría", grupo 2 "Servicios no Personales", Financiación 1.1 "Rentas
Generales", una partida anual de $ 1.500.000 (un millón quinientos mil
pesos uruguayos), con destino a las actividades a realizarse en el marco
de convenios que se suscriban entre el Ministerio de Salud Pública, la
Universidad de la República y la Administración Nacional de Educación
Pública, para la creación de la Escuela de Gobierno en Salud Pública, como
centro de formación de nivel medio y superior de los recursos humanos
considerados críticos para el avance de la reforma de la salud. (*)