APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2011




Promulgación: 07/11/2012
Publicación: 22/11/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 1250
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 11 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Artículo 176

   El Poder Ejecutivo podrá autorizar al Inciso 11 "Ministerio de
Educación y Cultura", programa 281 "Institucionalidad Cultural", unidad
ejecutora 008 "Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación", a cobrar
por concepto de horas docentes a los organismos públicos que requieran su
colaboración. Los recursos percibidos solo podrán destinarse al pago de
horas docentes de los programas contratados. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
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