SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 07
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
Artículo 138
Transfiérense, a partir del año 2012, al Contrato Subsidiario de
Préstamo entre el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y el Banco
Central del Uruguay, de fecha 9 de febrero de 2011, los saldos disponibles
al 31 de diciembre de cada año, del Acuerdo BROU-MGAP de 22 de octubre de
2009.
Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la
presente ley.