APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2011




Promulgación: 07/11/2012
Publicación: 22/11/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 1250
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 04 MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 106

   La Contaduría General de la Nación realizará los ajustes presupuestales
necesarios en el Inciso 04 "Ministerio del Interior", a los efectos de la
aplicación de la simplificación de objetos del gasto.
   Asimismo, realizará las categorizaciones y recategorizaciones
necesarias y las modificaciones que correspondan al Clasificador de los
objetos del gasto.
   Las clasificaciones, reasignaciones y los cambios en la denominación de
los objetos del gasto originados en la aplicación de la presente ley,
rigen desde su vigencia, considerándose toda referencia a las
clasificaciones anteriores a título ilustrativo. (*)

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 34/013 de 30/01/2013.
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
Referencias al artículo
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