CONVENIO ENTRE URUGUAY Y EL PRINCIPADO DE LIECHTENSTEIN PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICION EN MATERIA DE IMPUESTOS SOBRE LA RENTA Y SOBRE EL PATRIMONIO




Promulgación: 20/07/2012
Publicación: 31/07/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 243

Artículo Unico

 Apruébanse el Convenio entre la República Oriental del Uruguay y el
Principado de Liechtenstein para Evitar la Doble Imposición en Materia de
Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio y su Protocolo (*), firmados en la ciudad de Berna, el 18 de octubre de 2010.

(*)Notas:
Ver: Texto de la Norma Internacional.
Referencias al artículo

JOSÉ MUJICA - ROBERTO CONDE - FERNANDO LORENZO
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