REGULACION DE LA INFORMACION SOBRE PARTICIPACIONES PATRIMONIALES AL PORTADOR CON DESTINO AL BCU




Promulgación: 17/07/2012
Publicación: 27/07/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 200
Reglamentada por: Decreto Nº 247/012 de 02/08/2012.
Referencias a toda la norma

Artículo 22

 (Comunicación de modificaciones).- Las enajenaciones de cuotas o
participaciones sociales en sociedades comerciales, asociaciones y
sociedades agrarias, deberán inscribirse en el Registro Único de
Contribuyentes de la Dirección General Impositiva en forma previa al
registro correspondiente ante Registro Público de la Dirección General de
Registros. No se encuentran comprendidas en la presente disposición las
participaciones sociales representadas por acciones.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 25 (vigencia).
Referencias al artículo
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