{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "18782" 
  ,"anioNorma" : 2011 
  ,"nombreNorma" : "EXONERACION DE SANCIONES A QUIENES NO HUBIEREN CUMPLIDO CON EL VOTO OBLIGATORIO EN LAS ELECCIONES DE DIRECTORES DEL BPS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2011/08/11/11" 
    ,"fechaPromulgacion" : "19/07/2011" 
  ,"fechaPublicacion" : "11/08/2011" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo Unico" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/18782-2011/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Los afiliados al Banco de Previsión Social (activos, pasivos y empresas)\r\nque estando obligados a sufragar el domingo 27 de marzo de 2011, según lo\r\ndispuesto por la Ley N° 16.241, de 9 de enero de 1992, no lo hubiesen\r\nhecho, no serán pasibles de las sanciones previstas en el artículo 21 de\r\nla citada ley.\r\nLa Corte Electoral reglamentará el reintegro a quienes hubieran hecho\r\nefectivo el pago de la multa. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " JOSÉ MUJICA - EDUARDO BRENTA - EDUARDO BONOMI - LUIS ALMAGRO - FERNANDO LORENZO - JORGE MENÉNDEZ - MARÍA SIMÓN - ENRIQUE PINTADO - ROBERTO KREIMERMAN - DANIEL OLESKER - TABARÉ AGUERRE - HÉCTOR LESCANO - GRACIELA MUSLERA - ANA MARÍA VIGNOLI " 
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