DECLARACION DEL "DIA DE RECORDACION DE LAS VICTIMAS DEL HOLOCAUSTO"




Promulgación: 24/06/2011
Publicación: 11/07/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2011
  •    Página: 1361

Artículo 1

 Declárase el 27 de enero de cada año "Día de Recordación de las Víctimas
del Holocausto", honrando la memoria y dignidad de las víctimas del pueblo
judío y otros colectivos.

Artículo 2

 Se considera de interés general que el sistema educativo, en homenaje a
las víctimas del Holocausto, proceda a divulgar el Programa N° 60/7 de
Naciones Unidas.

Artículo 3

Las emisoras del Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y
Espectáculos y la Televisión Nacional, destinarán en esa fecha parte de
su programación a la recordación de los hechos vinculados con el
Holocausto.
Referencias al artículo

JOSÉ MUJICA - RICARDO EHRLICH - LUIS ALMAGRO
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